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Reconocimiento de La Libertad Avanza: a Ríos lo subroga un juez de Santa Fe

La Cámara Nacional Electoral dispuso que el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rubén Rodríguez subrogue a su par de Paraná, Leandro Ríos, luego de haber sido recusado para entender en el reconocimiento provisorio de La Libertad Avanza.

El juez Ríos otorgó reconocimiento provisorio al sector que encabezan el diputado provincial Roque Fleitas, el diputado nacional Beltrán Benedit, y los excandidatos a intendentes de Paraná, Andrés Laumann, y de Gualeguaychú, Andrés Romero.

Pero el sector que representa la dirigente Carina Ivascov apeló esa decisión. No sólo eso, también recusó al juez Ríos y lo denunció por prevaricato.

El juez federal de Paraná con competencia electoral Leandro Ríos relativizó la denuncia en su contra por supuesto prevaricato que formuló la dirigente de La Libertad Avanza Carina Ivascov y además rechazó la recusación que formuló en su contra el abogado Carlos Guillermo Reggiardo, y el caso ahora será resuelto por la Cámara Nacional Electoral.

Ivascov, con el patrocinio de Reggiardo, se disconformó con la resolución del juez Ríos que otorgó la representatividad en Entre Ríos de La Libertad Avanza a la línea que encabezan el diputado provincial Roque Fleitas, el diputado nacional Beltrán Benedit y el excandidato a intendente de Paraná, Andrés Laumann.

Pidieron que en el pleito se dé intervención al Tribunal Electoral Provincial y además recusaron al magistrado federal interviniente por su relación de pareja con la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, y antes fiscal de Coordinación, Matilde Federik. Al respecto, en su escrito Reggiardo recuerda que ha denunciado a Federik por la supuesta designación de forma irregular del agente fiscal Facundo Etienot, ya archivada por el Ministerio Público Fiscal.

El juez Ríos sostiene en relación a la denuncia por prevaricato -un delito que consiste en dictar una resolución sabiendo que es contraria a la ley- que «de la documental acompañada no se advierte la misma a los fines de

ponderar la temporaneidad o veracidad de la misma, como causa de recusación». Y afirma que «el Juzgado Federal N° 1 de Paraná titulariza y concentra, entre otras, la competencia electoral, lo que en ningún caso puede sustentar la recusación de un magistrado, pues los pronunciamientos judiciales -en cualquier materia- no constituyen causal de recusación por el solo hecho de que se sienta agraviado el impetrante».

«Finalmente y en lo que respecta a la supuesta denuncia formulada por el abogado patrocinante Reggiardo hacia mi cónyuge en el ámbito de la Justicia Provincial, se advierte que el mentado no es ´parte, candidato, precandidato o apoderado´».

Luego, agrega el magistrado: «Resulta oportuno explicar que el letrado patrocinante es  un técnico del Derecho que interviene en el proceso para aconsejar, asistir y representar a la persona, integrando así la actividad de técnica con respecto a todos los intereses de ésta que aparezcan comprometidos con motivo del expediente y, la norma procesal, se refiere a la relación del juez con el litigante y no con el abogado o apoderado de éste (…). Por lo que la recusación fundada en la supuesta enemistad del magistrado con un abogado que formuló una denuncia posterior a la intervención en la causa principal no resulta atendible».

Pero además refiere Ríos que la recusación fue presentada en forma «extemporánea», y por todos esos argumentos defendió su intervención en la causa.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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